Que es un titulo valor.
Articulo 619 co.co. Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías
TIPOS DE TITULOS DE VALOR
LA LETRA DE CAMBIO.Concepto:
Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor - librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor - librado) de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento.
En el caso de transmisión de la letra de cambio, mediante la fórmula del endoso, el pago deberá realizarse al endosatario (acreedor actual). Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago (deudor).
Funciones:
En el tráfico mercantil la letra de cambio puede cumplir las siguientes funciones:
- - Medio de pago, sustituyendo el pago en moneda.
- - Instrumento de crédito, garantizando un pago aplazado.
- - Medio para obtener un crédito, mediante el descuento bancario.
EL CHEQUE.
Concepto:
Es un título valor emitido por una persona (librador) en el que se contiene una orden de pago a cargo de otra (librado) a favor del tenedor legítimo del documento (librador o tercero).
La emisión del cheque debe librarse necesariamente contra un banco o entidad de crédito que tenga fondos existentes a disposición del librador.
El concepto de cheque engloba también el concepto de talón.
Funciones:
El cheque nos permite disponer de nuestros fondos en un banco o entidad de crédito y utilizarlo como medio de pago.
Diferencia con la letra de cambio:
La letra de cambio contiene una orden de pago a una persona concreta designada en el título valor.
Mientras que en el cheque la orden de pago va dirigida a un banco o entidad de crédito, que, teniendo fondos disponibles del librador, debe hacerla efectiva a favor del tenedor legítimo del título valor.
Elementos personales:
· Librador: persona que emite el cheque, dando la orden de pago.
· Librado: banco o entidad de crédito al que va dirigido la orden de pago.
· Tenedor: persona poseedora del título en cada momento y, por tanto, destinataria del pago.
· Endosante: tenedor que transmite el cheque.
· Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.
· Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.
Elementos formales:
- Denominación de cheque en el texto del título valor.
- Orden de pago, estableciéndose el importe concreto.
- Firma del librador.
- Lugar y fecha de la emisión del cheque.
- Nombre y domicilio del librado (banco o entidad de crédito).
- Lugar de pago.
Tipos de Cheque:
· A) Cheque al portador:
Deben abonarse al tenedor, el cual no está determinado en el título valor.
· B) Cheque nominativo:
Deben abonarse a la persona concreta designada en el título valor.
- Cheque cruzado: En este tipo de cheques el librador o el tenedor pueden cruzar el cheque por medio de dos barras paralelas sobre el anverso, con lo cual el librado sólo puede pagarlo a determinadas personas.
EL PAGARÉ.
Concepto:
Es un título valor que contiene una promesa de pago de una cantidad determinada por una persona (firmante) a favor de una persona determinada (tenedor).
El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que el aceptante de una letra de cambio.
Es el título valor menos conocido, guardando grandes similitudes con la letra de cambio.
Elementos personales:
· Firmante o emisor: persona que realiza la promesa de pago y emite el pagaré.
· Tenedor: persona a quien se debe realizar el pago.
· Endosante: tenedor que transmite el pagaré.
· Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.
Elementos formales:
- Denominación de pagaré en el texto del título valor.
- Promesa de pago, estableciéndose el importe concreto.
- Vencimiento, momento del pago.
- Lugar y fecha de la emisión del pagaré.
- Nombre y firma del firmante.
- Nombre y domicilio del tenedor.
- Lugar de pago.
BONO
Activo de Renta Fija pagadero al portador, en el cual va estipulado el valor que debería pagar quien emitió el título, al cumplirse la fecha de su vencimiento. Genera intereses sobre el valor nominal, que se pagan de la forma en que se ha definido en el contrato.
BONOS
Son títulos valores que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad.
BONOS DE TESORO
BONOS DE LA TESORERIA (TESOBONOS) Títulos de crédito (con un valor nominal de 100 dólares de E.U.A.) emitidos por el Gobierno Federal negociables a la orden del Banco de México, los cuales se pueden colocar a descuento o bajo la par, y se amortizan al tip
BONOS DE TESORO BONOS DE LA TESORERÍA (TESOBONOS)
Títulos de crédito (con un valor nominal de 100 dólares de E.U.A.) emitidos por el Gobierno Federal negociables a la orden del Banco de México, los cuales se pueden colocar a descuento o bajo la par, y se amortizan al tipo de cambio libre, vigente en la fecha de pago. Son títulos de crédito denominados en moneda extranjera (dólares estadounidenses) a seis meses o menos, en los cuales el Gobierno Federal se obliga a pagar una suma en moneda nacional equivalente al valor de dicha moneda extranjera, en una fecha determinada. Estos títulos de crédito se pueden colocar a descuento y son indizados al tipo de cambio libre de venta valor 48 hrs. que da a conocer la Bolsa Mexicana de Valores en su publicación denominada "Movimiento Diario del Mercado de Valores". No se si es el significado de Bonos de Tesoro
EURO BONO
Título- Valor de renta fija emitido públicamente en los mercados internacionales, denominándose una eurodivisa y destinado a la suscripción por personas residentes y no residentes en el país de emisión.
ACCIONES
Una acción es una parte alícuota del
capital social de una
sociedad anónima. Representa la
propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son transmisibles libremente y otorgan derechos económicos y políticos a su titular (
accionista).
Como
inversión, supone una inversión en
renta variable, dado que no tiene un retorno fijo establecido por contrato, sino que depende de la buena marcha de dicha
empresaFormas de representación de las acciones [
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Las acciones son
títulos valores y, como tales, deben estar representados de forma que puedan ser objeto de compraventa o de otros negocios jurídicos con facilidad.
Las formas de representación de las acciones son:
Títulos al portador: Puede ejercer los derechos inherentes a la acción quien posee el título.
Títulos nominativos: Para su transmisión es necesario realizar una cesión formal.
Escritura pública: Muy usado en empresas pequeñas o familiares, pero con poca flexibilidad para el tráfico de las acciones.
Anotación en cuenta: Muy importante en la actualidad para acelerar las transacciones. Es indispensable en sociedades que cotizan en
bolsa.
Clasificación de las acciones [
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Existen diferentes tipos de acciones:
Acciones comunes: Son las acciones propiamente dichas.
Acciones preferentes: Título que representa un valor patrimonial que tiene prioridad sobre las acciones comunes en relación con el pago de dividendos. La tasa de dividendos de estas acciones puede ser fija o variable y se fija en el momento en el que se emiten
Acciones de voto limitado: Son aquellas que sólo confieren el derecho a votar en ciertos asuntos de la sociedad, determinados en el contrato de
suscripción de acciones correspondiente, no son más que una variante de las acciones preferentes.
Acciones convertibles: Son aquellas que tienen la capacidad de convertirse en bonos y viceversa, pero lo más común es que los bonos sean convertidos en acciones.
Acciones de industria: Establecen que el aporte de los accionistas sea realizado en la forma de un servicio o trabajo.
Acciones liberadas de pago o crías: Son aquellas que son emitidas sin obligación de ser pagadas por el accionista, esto se debe a que fueron pagadas con cargo a las utilidades que debió percibir éste.
Acciones con valor nominal: Son aquellas en que se hace constar numéricamente el valor del aporte.
Acciones sin valor nominal: Son aquellas que no expresan el monto del aporte, tan solo establecen la parte proporcional que representan en el capital social.
Derechos que confieren las acciones [
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Derecho a percibir participación en las utilidades de la empresa.
Derecho de información acerca de la marcha de la sociedad anónima.
Derecho a voz y a voto en la
Junta General de Accionistas.
Derecho a ceder libremente las acciones.
Derecho a retiro.
Derecho de opción preferente para la suscripción de nuevas series de acciones o, en su caso, derecho a recibir acciones liberadas